viernes, 24 de febrero de 2012

CONVOCATORIA A SESIÓN EXTRAORDINARIA - Concejo Deliberante

Se envía copia de Resolución de Presidencia convocando a sesión extraordinaria para viernes 24 de febrero de 2012 a las 11:30 para tratamiento de Convenio Marco de Compromisos, Cooperación mutua e intercambio de información entre el Gobierno de la Pcia de Neuquén y la Municipalidad de Villa La Angostura


RESOLUCIÓN P Nº 3/12

 

VISTO:

 

                                      El Decreto 273/2012; y

 

CONSIDERANDO:

 

                             Que el Intendente Municipal suscribió con el Gobierno de la Provincia del Neuquén el Convenio “Marco de Compromisos, Cooperación Mutua e Intercambio de Información entre el Gobierno de la Provincia de Neuquén y la Municipalidad de Villa La Angostura “;

 

                             Que en dicho Convenio, en el inciso 4º, se aclara que ante la necesidad económica financiera del Municipio para cubrir gastos corrientes de perentorio cumplimiento, la Provincia se compromete a otorgar ayuda financiera al Municipio por el plazo de seis (6) meses con aportes reintegrables con la pertinente autorización mediante una ordenanza aprobada por este Cuerpo Deliberativo;

                             Que, en virtud de ello corresponde sancionar una ordenanza que autorice al Departamento Ejecutivo Municipal a endeudarse con el Gobierno de la Provincia del Neuquén en el marco del presente Concejo, y la autorización para afectar recurso de Coparticipación Provincial (Ley 2148 art 4º), y Canon Extraordinario de Producción (Ley 2615 art. 7) para la cobertura de la garantía de pago de los Aportes Reintegrables que se otorguen a este Municipio;

 

                              Que, este tipo de convenios permiten generar acciones de cooperación con el Gobierno de la Provincia del Neuquén, en un marco de ayuda financiera y promoción de acciones y estrategias para mejorar la economía local y el nivel de empleo;

 

                               Que, en el marco de la emergencia socioeconómica que sufre nuestra localidad, producto de la erupción del Volcán Puyehue y la continuidad de la emisión de ceniza volcánica, es necesario generar fuentes de financiamiento que contribuyen a superar el déficit coyuntural del Municipio;

 

                               Que, en uso de las facultades del artículo 97 inciso 5 de la Carta Orgánica Municipal el Intendente puede convocar a sesiones extraordinarias, debido al interés público que enmarca la aprobación de dicho convenio;

                                Que el propio convenio exige la refrenda y aprobación por el Concejo Deliberante de cada Municipio; por cuanto el Sr. Intendente Roberto Cacault por Decreto Nº 273/2012 convoca al Concejo Deliberante de Villa La Angostura para que se constituya en sesión extraordinaria a fines de tratar el mencionado convenio

 

                                             

 

POR ELLO:

 

El Presidente del Concejo Deliberante de la Municipalidad de 

Villa la Angostura, el día 23 de febrero de 2012.-

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º) CONVOCAR a Sesión Extraordinaria para el día 24 de febrero de 2012, a las 11:30 horas a los Sres. integrantes del Concejo Deliberante.-

 

ARTÍCULO 2º) LA CONVOCATORIA citada en el Artículo anterior comprenderá el tratamiento exclusivamente del siguiente tema: “Aprobación del Convenio Marco de Compromisos, Cooperación mutua e Intercambio de Información entre el Gobierno de la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Villa La Angostura”

 

ARTÍCULO 3º) NOTIFIQUESE a los Sres. Integrantes de los Bloques del Movimiento Popular Neuquino, PRO y Partido Justicialista Frente para la Victoria  

 

ARTÍCULO 2 º) COMUNÍQUESE. Regístrese. Cumplido. Archívese.-  

 


Subsecretaría de Comunicación, Prensa y Protocolo

Municipalidad de Villa La Angostura

Radio FM 88.3 MHZ
E-Mail: prensa@villalaangostura.gov.ar
Web: http://prensamvla.blogspot.com/
Facebook:
facebook.com/prensamvla
Twitter:
@prensamvla
Google+
Actualización Automatica de Noticias RSS FEED:
http://prensamvla.blogspot.com/feeds/posts/default