Se envía copia de Resolución de Presidencia convocando a sesión extraordinaria para viernes 24 de febrero de 2012 a las 11:30 para tratamiento de Convenio Marco de Compromisos, Cooperación mutua e intercambio de información entre el Gobierno de la Pcia de Neuquén y la Municipalidad de Villa La Angostura
RESOLUCIÓN P Nº 3/12
VISTO:
El Decreto 273/2012; y
CONSIDERANDO:
Que el Intendente Municipal suscribió con el Gobierno de la Provincia del Neuquén el Convenio “Marco de Compromisos, Cooperación Mutua e Intercambio de Información entre el Gobierno de la Provincia de Neuquén y la Municipalidad de Villa La Angostura “;
Que en dicho Convenio, en el inciso 4º, se aclara que ante la necesidad económica financiera del Municipio para cubrir gastos corrientes de perentorio cumplimiento, la Provincia se compromete a otorgar ayuda financiera al Municipio por el plazo de seis (6) meses con aportes reintegrables con la pertinente autorización mediante una ordenanza aprobada por este Cuerpo Deliberativo;
Que, en virtud de ello corresponde sancionar una ordenanza que autorice al Departamento Ejecutivo Municipal a endeudarse con el Gobierno de la Provincia del Neuquén en el marco del presente Concejo, y la autorización para afectar recurso de Coparticipación Provincial (Ley 2148 art 4º), y Canon Extraordinario de Producción (Ley 2615 art. 7) para la cobertura de la garantía de pago de los Aportes Reintegrables que se otorguen a este Municipio;
Que, este tipo de convenios permiten generar acciones de cooperación con el Gobierno de la Provincia del Neuquén, en un marco de ayuda financiera y promoción de acciones y estrategias para mejorar la economía local y el nivel de empleo;
Que, en el marco de la emergencia socioeconómica que sufre nuestra localidad, producto de la erupción del Volcán Puyehue y la continuidad de la emisión de ceniza volcánica, es necesario generar fuentes de financiamiento que contribuyen a superar el déficit coyuntural del Municipio;
Que, en uso de las facultades del artículo 97 inciso 5 de la Carta Orgánica Municipal el Intendente puede convocar a sesiones extraordinarias, debido al interés público que enmarca la aprobación de dicho convenio;
Que el propio convenio exige la refrenda y aprobación por el Concejo Deliberante de cada Municipio; por cuanto el Sr. Intendente Roberto Cacault por Decreto Nº 273/2012 convoca al Concejo Deliberante de Villa La Angostura para que se constituya en sesión extraordinaria a fines de tratar el mencionado convenio
POR ELLO:
El Presidente del Concejo Deliberante de la Municipalidad de
Villa la Angostura, el día 23 de febrero de 2012.-
RESUELVE
ARTÍCULO 1º) CONVOCAR a Sesión Extraordinaria para el día 24 de febrero de 2012, a las 11:30 horas a los Sres. integrantes del Concejo Deliberante.-
ARTÍCULO 2º) LA CONVOCATORIA citada en el Artículo anterior comprenderá el tratamiento exclusivamente del siguiente tema: “Aprobación del Convenio Marco de Compromisos, Cooperación mutua e Intercambio de Información entre el Gobierno de la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Villa La Angostura”
ARTÍCULO 3º) NOTIFIQUESE a los Sres. Integrantes de los Bloques del Movimiento Popular Neuquino, PRO y Partido Justicialista Frente para la Victoria
ARTÍCULO 2 º) COMUNÍQUESE. Regístrese. Cumplido. Archívese.-
Subsecretaría de Comunicación, Prensa y Protocolo
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