viernes, 18 de septiembre de 2020

A partir de las 21 horas del día 18 de septiembre de 2020 se amplía la suspensión preventiva de actividades en la localidad




A partir de las 21 horas del día 18 de septiembre de 2020 se amplía la suspensión preventiva de actividades en la localidad

 

 

A través del Decreto N° 4100/2020, el gobierno municipal anunca la ampliación de la suspensión preventiva de actividades a partir de las 21:00 horas del día 18 de setiembre de 2020, hasta las 23:59 horas del día 20 de setiembre del corriente año, con el fin de prevenir y mitigar la transmisión de COVID-19 en la localidad.

Se establece:

a)   La restricción del horario de circulación vehicular y de personas  de 20:00 a 09:00 hs.

b)   Cierre de todos los locales comerciales.

c)   Se exceptúa la provisión de alimentos,  productos y servicios de primera necesidad  en el horario de 09:00 hs a 19:00 hs: supermercados, almacenes, despensas, kioscos, panaderías, carnicerías, fruterías, verdulerías, gomerías  y servicios de mensajería

d)   Se habilita la apertura de locales gastronómicos únicamente bajo la modalidad de "para llevar"  en el horario de 9:00 a 20:00 hs. y "delivery" en el horario de 9:00 a 21:00 hs.

e)   Las farmacias permanecerán abiertas, realizando atención únicamente por ventanilla, en horario de 09:00 hs a 19:00 hs. y fuera de ese rango horario de acuerdo al cronograma de guardias.

f)    Se suspenden todas las actividades habilitadas hasta la fecha: recreativas, deportivas, sociales, familiares, religiosas, en espacios públicos y talleres.  

g)   Se cierran en forma preventiva todas las instituciones y empresas de la localidad.

h)   Queda exceptuada la circulación mínima, solo para el personal esencial.

i)     La circulación se encontrará custodiada por las autoridades policiales y de Gendarmería Nacional.

j)    El ingreso y egreso al ejido municipal queda cerrado preventivamente hasta las 23:59 hs. del 20 de Setiembre sin que ello interfiera en la libre circulación de vehículos en tránsito a otras localidades por ruta Nacional N°40 sin descenso en la localidad de Villa La Angostura.

k)   Se exceptúa el ingreso y egreso al ejido para el abastecimiento esencial y personal esencial que desarrolla actividad en nuestra localidad.

l)     El servicio de transporte urbano de pasajeros se realizará respetando los protocolos sanitarios de  distanciamiento social obligatorio.

 

En la misma sintonía, se informa que estas medidas estarán acompañadas de intensivos controles a cargo de las fuerzas de seguridad local y personal municipal de distintas áreas.

 


Subsecretaría de Prensa y Comunicación

Municipalidad de Villa La Angostura