lunes, 20 de mayo de 2019

Alertan sobre producto alimenticio que no cumple con las reglas de registro

La ANMAT, como autoridad bromatológica nacional, recomendó a la población evitar la ingesta de este producto por contener defectos que representan un riesgo para la salud de los consumidores.  
Se pone en conocimiento que, en el marco de una investigación por botulismo, se detectó que el producto: Hummus, garbanzo orgánico Marca Tsuki Macro Vegan no presenta información obligatoria en su rótulo, como Razón Social, RNE o lote. Además, se informa que muestras del producto se remitieron a la Administración Nacional de Laboratorios e Instituto de Salud "Dr. Carlos Malbrán" para su análisis. Atento a ello, la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, junto con la ANMAT realizó una inspección en el establecimiento elaborador del producto en cuestión, sobre el cual se impuso un cese de elaboración y comercialización. Debe destacarse que, durante el procedimiento, se comprobó que ningún producto marca Tsuki Macro Vegan contaba con registros. En consecuencia, se solicitó a la empresa elaboradora, mediante Nota Nº200/19, que proceda a realizar el retiro preventivo del mercado del producto involucrado como de todo aquel con la marca Tsuki Macro Vegan. Dada la naturaleza de los productos, el retiro ha sido categorizado como clase I, lo que significa que los alimentos poseen defectos que representan un riesgo grave para la salud de los consumidores y, por lo tanto, deberá extenderse hasta el nivel del consumidor. Asimismo, se informó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria a fin de evaluar las medidas a adoptar respecto a la promoción del producto en plataformas de venta on-line. Por lo expuesto, se solicita que en caso de detectar la comercialización de los productos en su jurisdicción, proceda de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1415, Anexo 1, numeral 4.1.1 del Código Alimentario Argentino, concordado con los art. 2º, 9º y 11º de la Ley 18.284, e informe a esta Dirección acerca de lo actuado.