jueves, 6 de octubre de 2016

Modifican la ordenanza 1366/03 Creación del ente autárquico de turismo Enviatur

El Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa La Angostura, en Sesión Ordinaria del día 5 de octubre, sancionó la modificación de la ordenanza N°1366.

Según figura en el artículo 4, "La dirección del Enviatur estará a cargo de un Directorio integrado por 2 (dos) integrantes de la Secretaría de Turismo de la Municipalidad con un voto cada uno, 2 (dos) representantes de la Asociación de Hoteles y Restaurantes con un voto cada uno, 2 (dos) representante de la Cámara de Industria, Comercio y Producción con un voto cada uno, 1 (un) representante de cada una de otras entidades civiles actuales que tengan personería municipal, provincial o nacional y que tengan su documentación al día con un voto cada una;  y 1 (un) representante de cada entidad en formación, sin derecho a voto; relacionadas al comercio o prestación de servicios turísticos, previéndose los siguientes cargos:

Presidente; cargo que recaerá en el Secretario de Turismo. En caso de empate, su voto vale doble.

Vicepresidente; designación que recaerá en un miembro elegido en reunión de directorio.

Secretario; designación que recaerá en un miembro elegido en reunión de directorio.

Vocales; cada uno de los representantes titulares de las entidades civiles.

En el Artículo 6: "El Enviatur se reunirá como mínimo una vez cada 3 (tres) meses, en las instalaciones que designe la Municipalidad. Sus resoluciones constarán en un libro de actas, tendrán carácter vinculante solo en temas específicos de marketing y promoción turística, y serán llevadas a cabo por la Secretaría de Turismo".

El artículo N°8, quedó redactado de la siguiente manera: "Será responsabilidad del Directorio la elaboración de un presupuesto de gastos anual para el funcionamiento del Ente, el que estará ingresado en la partida específica dentro de la Secretaría de Turismo, el que se deberá elevar antes del 30 de septiembre de cada año al Departamento Ejecutivo para su aprobación, conteniendo los objetivos, metas, programas, cronograma de acciones a desarrollar en cada período. Este presupuesto será calculado proyectando la utilización del tres (3) % al seis (6)% de lo recaudado por tasas y derechos del presupuesto Municipal del año en curso; a efectos de su cálculo el Departamento ejecutivo proveerá la información pertinente".