lunes, 23 de julio de 2012

PROCEDIMIENTO ANTE EL ATAQUE DE UN PERRO EN LA VIA PUBLICA


 

 


23 DE JULIO DE 2012

PROCEDIMIENTO ANTE EL ATAQUE DE UN PERRO EN LA VIA PUBLICA


La Subsecretaría de Atención al Vecino, en conjunto con la Dirección de Zoonosis municipal, informa a la comunidad de Villa la Angostura el procedimiento a seguir en caso de sufrir una mordedura o el ataque de un perro en la vía pública, de acuerdo a lo acordado en la reunión realizada con las juntas vecinales el viernes 13 de julio.

Según lo establecido en la ordenanza 2453/11, que modifica el artículo 15 de la ordenanza 1692, cuando se produzca un ataque de un can a una persona o a otro animal, la victima o denunciante deberá contar, en caso de que el mismo hubiese ocasionado lesiones físicas, con un certificado médico en el que se describan las lesiones y se deje constancia de ellas.

Una vez en posesión de dicho certificado, la víctima o el denunciante podrá realizar la denuncia ante el Tribunal de Faltas Municipal, quién será el encargado de instrumentar las medidas administrativas correspondientes. En caso de tratarse de un perro vagabundo, se procederá a su captura, llevándose a cabo el control antirrábico en todos los casos.

Todo perro denunciado será sometido a un control veterinario para descartar la presencia de rabia. Este control consistirá en la observación del can durante un período de 10 días consecutivos para constatar, o descartar, la existencia de signos clínicos que hagan presumir la posible existencia de la enfermedad . Durante esos 10 días el animal deberá permanecer encerrado o atado y el control será realizado por la Municipalidad en las dependencias de los caniles municipales, donde el propietario cubrirá los gastos de alimentación y cuidado. El propietario podrá optar por realizar los controles en forma privada, en cuyo caso deberá presentar un certificado firmado por el veterinario que asuma la responsabilidad del control, tanto al inicio del período y como al cumplirse los 10 días.

En los casos en los que el propietario no se presente dentro de las 24 horas con el animal o con el certificado veterinario, será citado por el Tribunal de Faltas para que entregue el can a fin de proceder a su control, pudiendo emitir, en caso de falta de respuesta, una orden para la captura del animal.

En estos casos el propietario será citado por el Tribunal de Faltas para que efectúe el descargo que crea conveniente. En caso de comprobarse la responsabilidad de éste, deberá abonar una multa que el tribunal determinará.


Subsecretaría de Comunicación, Prensa y Protocolo Municipalidad de Villa La Angostura
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